Trámites de Extranjería

Trámites y Procedimientos

Certificado de residente

Acreditar ante otros organismos periodos de residencia legal en España.

El extranjero solicita un certificado que acredite todos los periodos de residencia (acumulativos) desde que obtuvo tal condición.

  • ¿Quiénes son los interesados?
    • Extranjeros (comunitarios y de terceros de países) residentes legalmente en España.
  • Periodo de validez
    • 3 meses desde su expedición.
  • Resolución del procedimiento
    • El procedimiento habrá de ser resuelto en el plazo máximo de cinco días desde la entrada de la solicitud en el registro del órgano competente para su tramitación. La resolución deberá ser notificada en dicho plazo, transcurrido el cual sin haber obtenido respuesta, se entenderá que la solicitud ha sido desestimada.
  • Presencial Ir

    Se solicita a la Dirección General de la Policía, directamente o a través de las Oficinas de Extranjería Abre nueva ventana. Enlace externo. o Comisarías de Policía. En el caso de que el extranjero no se encuentre en territorio español en el momento de la solicitud, se solicitará a la Comisaría General de Extranjería y Fronteras, a través de las Oficinas Consulares de España en el exterior.

    • A petición del interesado
Tramitar

  • ¿Dónde tramito mi solicitud?
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