Trámites de Extranjería

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Autorización excepcional de estancia de corta duración.

Autorización excepcional de estancia en España por un máximo de tres meses en un período de seis, por motivos humanitarios, interés público u obligaciones internacionales, a los extranjeros que hubieran entrado con documentación defectuosa o incluso sin ella o por lugares no habilitados al efecto.

  • ¿Quiénes son los interesados?
    • Extranjeros que hubieran entrado en territorio español con documentación defectuosa o incluso sin ella o por lugares no habilitados al efecto.
  • Periodo de validez
    • Tres meses en un periodo de seis
  • Presencial Ir
    • Personalmente
      • Ministerio Trabajo e Inmigración.
      • Ministerio de Interior.
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    • Ministerio Trabajo e Inmigración.
    • Ministerio de Interior.
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