Trámites de Seguridad Privada
Trámites y Procedimientos
Autorización, modificación y cancelación de empresas de Seguridad Privada y sus delegaciones.
Solicitud de apertura, modificación o cancelación de empresas dedicadas a la prestación de servicios de seguridad privada o de Delegaciones de empresas de seguridad ya constituidas.
Requisitos y condiciones
- Autorizar para prestar servicios y actividades de empresas de seguridad. Modificaciones Registrales, Cancelaciones de empresas y Delegaciones a petición propia.
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Clases y tipologías
Las actividades que se pueden desarrollar a nivel Estatal ó Autonómico y son:
- La vigilancia y protección de bienes, establecimientos, lugares y eventos, tanto públicos como privados, así como de las personas que pudieran encontrarse en los mismos.
- El acompañamiento, defensa y protección de personas físicas determinadas, incluidas las que ostenten la condición legal de autoridad.
- El depósito, custodia, recuento y clasificación de monedas y billetes, títulos-valores, joyas, metales preciosos, antigüedades, obras de arte u otros objetos que, por su valor económico, histórico o cultural, y expectativas que generen, puedan requerir vigilancia y protección especial.
- El depósito y custodia de explosivos, armas, cartuchería metálica, sustancias, materias, mercancías y cualesquiera objetos que por su peligrosidad precisen de vigilancia y protección especial.
- El transporte y distribución de los objetos a que se refieren los dos párrafos anteriores.
- La instalación y mantenimiento de aparatos, equipos, dispositivos y sistemas de seguridad conectados a centrales receptoras de alarmas o a centros de control o de videovigilancia.
- La explotación de centrales para la conexión, recepción, verificación y, en su caso, respuesta y transmisión de las señales de alarma, así como la monitorización de cualesquiera señales de dispositivos auxiliares para la seguridad de personas, de bienes muebles o inmuebles o de cumplimiento de medidas impuestas, y la comunicación a las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad competentes en estos casos.
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¿Quiénes son los interesados?
- Podrá acceder al procedimiento cualquier persona física ó jurídica interesada en la creación, modificación o cancelación de una Empresa de Seguridad Privada ó de sus Delegaciones, siempre y cuando se encuentre legalmente autorizada.
Requisitos
- Acordes a lo enumerado en el documento adjunto.
- Obligaciones: No tener antecedentes penales.
- Empresa: Constitución de fianza provisional.
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Periodo de validez
- La validez de la autorización concedida, será indefinida, en tanto en cuanto la empresa esté en funcionamiento ó no pierda alguno de los requisitos que propiciaron su autorización.
Cómo realizar el trámite
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Presencial. Ir
- Remitir la solicitud de autorización a la UCSP, acompañada de la documentación preceptiva.
- En cualquier Unidad de Seguridad Privada, tanto Central como Territorial de Policía Nacional según la Provincia ó localidad donde resida.
Documentación
- Modelo de Solicitud de autorización, o declaración responsable, de empresas de seguridad.
- Requisitos específicos para las actividades.
- Resto de documentos acordes a lo enumerado en el modelo documento adjunto.
- Justificante de pago Tasa modelo 790.
- Otra Documentación
- Las empresas de seguridad autorizadas para la prestación de servicios de seguridad privada con arreglo a la normativa de cualquiera de los Estados miembros de la Unión Europea o de los Estados parte del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, serán reconocidas e inscritas en el citado Registro, una vez acrediten su condición de empresa de seguridad y el cumplimiento de los requisitos establecidos en los artículos 5, 6 y 7 del Reglamento de Seguridad Privada. Abre nueva ventana. Enlace externo. A tal efecto, se tendrán en cuenta los requisitos ya acreditados en cualquiera de dichos Estados y, en consecuencia, no será necesaria nueva cumplimentación de los mismos.
Información
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Datos básicos del procedimiento:
- Forma de iniciación: A solicitud del interesado.
- Tipo de procedimiento: Autorizaciones, Licencias y Concesiones.
- Materia del procedimiento: ACTIVIDAD ADMINISTRATIVA
- Resolución del procedimiento:
- Órganos competentes para resolver este procedimiento:
- Por competencia propia.
- Gabinete del Ministro de Interior.
- Por delegación.
- Dirección General de la Policía.
- Por competencia propia.
- Plazo máximo para resolver y notificar:
- 2 meses.
- La resolución del procedimiento sí pone fin a la vía administrativa.
- Efecto de la falta de resolución en este plazo: Desestimatorio (inicio a solicitud del interesado).
- Normativas que regulan el silencio administrativo: LEY 14/2000. de 29 de diciembre, de Medidas Fiscales, Administrativas y de Orden Social, Abre nueva ventana. Enlace externo. punto 2 de la disposición adicional vigésimo novena, (BOE Nº 313, de 30 de diciembre).
- Órganos competentes para resolver este procedimiento:
- Recursos que se pueden interponer:
- Contencioso - Administrativo
- Órgano que resuelve el recurso:
- Ante la sala de lo contencioso administrativo de la Audiencia Nacional, según lo establecido los 109 y siguientes de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, Abre nueva ventana. Enlace externo. LRJPAC.
- Plazo de interposición del recurso: 1 meses acto expreso, 3 meses acto presunto.
- Órgano que resuelve el recurso:
- Contencioso - Administrativo
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Normativa:
- LEY 5/2014, de 4 abril, de Seguridad Privada. Abre nueva ventana. Enlace externo.
- REAL DECRETO 2364/1994, de 9 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de Seguridad Privada. Abre nueva ventana. Enlace externo.
- ORDEN INT/314/2011, de 1 de febrero, sobre empresas de seguridad privada. Abre nueva ventana. Enlace externo.
- ORDEN INT/318/2011, de 1 de febrero, sobre personal de seguridad privada. Abre nueva ventana. Enlace externo.
- REAL DECRETO 1778/1994 de adecuación de las normas reguladoras de los procedimientos de otorgamiento, modificación y extinción de autorizaciones a la Ley 30/1992, de 26 de noviembre. Abre nueva ventana. Enlace externo.
- Código del procedimiento: 110630
Modelos de formularios
- Autorización Previa. Abre nueva ventana
- Declaración de responsable. Abre nueva ventana
- Tasa, importe y lugar de pago
- Modelo de tasa 790 indicada en el documento adjunto. Abre nueva ventana
- A favor del Tesoro Público, en las Entidades Bancarias o Cajas de Ahorros colaboradoras; cuenta restringida de la Agencia Estatal de la Administración Tributaria (Copia "Ejemplar para la Administración"). El citado modelo será facilitado en las Comisarías de Policía y deberá ser cumplimentado con los datos correspondientes.
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