Trámites de Seguridad Privada

Trámites y Procedimientos

Central Receptora de Alarmas de uso propio (ámbito supraprovincial).

  • Este tipo de autorizaciones responde a la finalidad de dar una respuesta rápida y eficaz a las señales de alarma que se puedan producir en las entidades públicas o privadas para la conexión, recepción, verificación y, en su caso, respuesta y transmisión de las señales de alarma que reciban de los sistemas de seguridad instalados en bienes inmuebles o muebles de su titularidad, sin que puedan dar, a través de las mismas, ningún tipo de servicio de seguridad a terceros.

    Estas señales se gestionarán a través de una central de alarmas, a la que se conectarán los sistemas de seguridad de esas entidades.

  • Clases y tipologías
    • No existe tipología para este tipo de autorizaciones.
  • ¿Quiénes son los interesados?
    • Cualquier entidad financiera o empresa que quiera atender sus propios sistemas de seguridad electrónica.
  • Periodo de validez
    • La autorización concedida tiene una vigencia indefinida, siempre que la entidad siga manteniendo los mismos requisitos recogidos en la autorización.
  • Presencial. Ir
    • Remitir la solicitud de autorización a la Unidad Central de Seguridad Privada, acompañada de la documentación preceptiva. Una vez estudiada esta solicitud y siendo conforme con lo dispuesto en la normativa de Seguridad Privada, se realizará una inspección previa por miembros del Cuerpo Nacional de Policía. Si el criterio es favorable se elevará al Director General de la Policía, propuesta de Resolución de Autorización de la central de alarmas de uso propio, remitiéndose al interesado escrito conteniendo la resolución adoptada.
    • ¿Dónde se presenta la documentación?
      • En cualquier Unidad de Seguridad Privada.
  • Datos básicos del procedimiento:
    • Forma de iniciación: A solicitud del interesado.
    • Tipo de procedimiento: Autorizaciones, Licencias y Concesiones.
    • Materia del procedimiento: ACTIVIDAD ADMINISTRATIVA
    • Resolución del procedimiento:
      • Órganos competentes para resolver este procedimiento:
        • Dirección General de la Policía.
      • Plazo máximo para resolver y notificar: 3 meses.
      • La resolución del procedimiento no pone fin a la vía administrativa.
      • Efecto de la falta de resolución en este plazo: Estimatorio (inicio a solicitud del interesado).
    • Recursos que se pueden interponer:
      • Contencioso - Administrativo
        • Órgano que resuelve el recurso:
          • Juzgado Contencioso - Administrativo.
          • Juzgados Centrales de lo Contencioso Administrativo; Salas de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia.
          • Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional; Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo.
        • Plazo de interposición del recurso: 2 meses.
      • Potestativo de Reposición
        • Órgano que resuelve el recurso:
          • Órgano que dictó el acto.
        • Plazo de interposición del recurso: 30 días.
  • Normativa:
Tramitar

  • En cualquier Unidad de Seguridad Privada.
Modelos de formularios
  • Solicitud autorización de central de alarmas de uso propio Abre nueva ventana
  • Tasa, importe y lugar de pago
    • Modelo de tasa 790.
    • A favor del Tesoro Público, en las Entidades Bancarias o Cajas de Ahorros colaboradoras; cuenta restringida de la Agencia Estatal de la Administración Tributaria (Copia "Ejemplar para la Administración"). El citado modelo será facilitado en las Comisarías de Policía y deberá ser cumplimentado con los datos correspondientes.