Trámites de Seguridad Privada
Trámites y Procedimientos
Declaración Responsable para la apertura y funcionamiento de Centros de Formación del Personal de Seguridad Privada, modificación y cierre de los mismos.
Documento que suple a la autorización, modificación y cancelación como Centro de Formación especializado en formación de personal de Seguridad Privada, cuya competencia hasta la entrada en vigor de la Ley 5/2014, de 4 de abril, de Seguridad Privada correspondía a la Secretaría de Estado de Seguridad.
Requisitos y condiciones
- Autorizar a centros para impartir formación de seguridad privada. Modificación de centros autorizados. Cancelación de Centros a petición propia.
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Clases y tipologías
- La declaración responsable es única en su clase.
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¿Quiénes son los interesados?
- Podrá acceder al procedimiento cualquier persona física ó jurídica, interesada en la homologación de un Centro de Formación del personal de Seguridad Privada para poder impartir docencia en materia de Seguridad Privada.
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Requisitos
- Especificados en el modelo formulario de referencia.
Cómo realizar el trámite
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Presencial. Ir
- Mediante presentación de la declaración responsable y de la documentación preceptiva, por duplicado, ante el órgano competente para su recepción, con arreglo al modelo formulario de referencia (PDF)
- En cualquier dependencia de Policía Nacional, indicando su remisión a la Unidad Central de Seguridad Privada de la Comisaría General de Seguridad Ciudadana, sita en Madrid, órgano receptor competente.
Documentación
- Modelo de declaración responsable para la apertura y funcionamiento de centros de formación del personal de seguridad privada.
- Justificante de pago Tasa modelo 790, señalando como tarifa aplicable la décima.
- Resto especificados en el modelo formulario de referencia.
Información
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Datos básicos del procedimiento:
- Presentación de la declaración responsable por el interesado.
- Tipo de procedimiento: Autorizaciones, Licencias y Concesiones.
- Materia del procedimiento: Seguridad Privada.
- Resolución del procedimiento:
- Una vez recepcionada la declaración, con la entrega de uno de los modelos presentados al interesado, debidamente fechado y sellado en el Registro de la Unidad Central de Seguridad Privada.
- Inscripción Registral:
- Se practicará, de oficio, su anotación en el Registro Nacional de Seguridad Privada.
- Órgano competente para inscribir la declaración responsable presentada:
- Unidad Central de Seguridad Privada.
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Normativa:
- LEY 5/2014, de 4 abril, de Seguridad Privada. Abre nueva ventana. Enlace externo.
- Orden INT/318/2011, de 1 de febrero, sobre personal de seguridad privada. Abre nueva ventana. Enlace externo.
- Resolución de 12 de noviembre de 2012, de la Secretaría de Estado de Seguridad, por la que se determinan los programas de formación del personal de seguridad privada. Abre nueva ventana. Enlace externo.
- ORDEN INT/28/2013, de 18 de enero por la que se desarrolla la estructura orgánica y funciones de los Servicios Centrales y Periféricos de la Dirección General de la Policía. Abre nueva ventana. Enlace externo.
- REAL DECRETO 1778/1994 de adecuación de las normas reguladoras de los procedimientos de otorgamiento, modificación y extinción de autorizaciones a la Ley 30/1992, de 26 de noviembre. Abre nueva ventana. Enlace externo.
- Código del procedimiento: 111370
Modelos de formularios
- Declaración responsable para la apertura y funcionamiento de centros de formación del personal de seguridad privada. Abre nueva ventana
- Tasa, importe y lugar de pago
- Modelo de tasa 790.
- A favor del Tesoro Público, en las Entidades Bancarias o Cajas de Ahorros colaboradoras; cuenta restringida de la Agencia Estatal de la Administración Tributaria (Copia "Ejemplar para la Administración"). El citado modelo será facilitado en las Comisarías de Policía y deberá ser cumplimentado con los datos correspondientes.
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