Trámites de Extranjería
Trámites y Procedimientos
Prórroga de estancia de corta duración
Prorrogar, excepcionalmente, la estancia del extranjero que haya entrado en España para fines que no sean de trabajo o residencia, salvo en los casos de ser titular de un visado para búsqueda de empleo.
Requisitos y condiciones
- Se halla en situación de estancia de corta duración el extranjero que no sea titular de una autorización de residencia y se encuentre autorizado para permanecer en España por un periodo ininterrumpido o suma de periodos sucesivos cuya duración total no exceda de noventa días por semestre a partir de la fecha de la primera entrada, sin perjuicio de lo dispuesto para la admisión a efectos de estudios, movilidad de alumnos, prácticas no laborales o servicios de voluntariado. En los supuestos en que la situación de estancia exija visado, ésta deberá realizarse dentro de su periodo de validez.
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Clases y tipologías
- Prórroga de estancia sin visado.
- Prórroga del visado de estancia de corta duración.
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¿Quiénes son los interesados?
- El extranjero que haya entrado en España para fines que no sean de trabajo o residencia, salvo en los casos de ser titular de un visado para búsqueda de empleo.
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Duración de la prórroga
- En los supuestos de entrada con visado, cuando la duración de éste sea inferior a tres meses, se podrá prorrogar la estancia, que en ningún caso podrá ser superior a tres meses en un periodo de seis.
- En los supuestos de entrada sin visado, cuando concurran circunstancias excepcionales que lo justifiquen, podrá autorizarse la estancia a un extranjero en el territorio español más allá de tres meses.
Cómo realizar el trámite
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Presencial Ir
- Modelo de solicitud prórroga de estancia.
- Modelo de tasa 790, código 012.
- La solicitud junto con la documentación que debe acompañarla deberá ser presentada en cualquier Oficina de Extranjería, Jefatura Superior o Comisaría de Policía de la localidad donde se encuentre.
Documentación
Documentos para la prórroga de visado
- Modelo de solicitud prórroga de estancia.
- Justificante de pago Tasa modelo 790 Código 012.
- Pasaporte ordinario o documento de viaje, con vigencia superior a la de la prórroga de estancia que se solicite, que se anotará en el expediente y se devolverá al interesado.
- Acreditación de las razones alegadas para la solicitud, que deberán ser excepcionales, en el supuesto de nacionales de Estados a los que no se exige visado para su entrada en España.
- Prueba suficiente de que dispone de medios económicos adecuados para el tiempo de prórroga que solicita, en los términos que establece el título I.
- Un seguro de asistencia en viaje con la misma cobertura que el necesario para la solicitud del visado de estancia de corta duración, y con una vigencia igual o superior a la prórroga solicitada.
- Las garantías de retorno al país de procedencia o, en su caso, de admisión en el Estado tercero de destino, con anterioridad a la fecha de finalización de la prórroga que se solicita. Podrá servir como medio para acreditar dicha circunstancia la aportación de un billete adquirido a nombre del solicitante con fecha de retorno cerrada anterior a la finalización del periodo de prórroga de estancia solicitada.
Información
Datos básicos del procedimiento:
- Forma de iniciación: A solicitud del interesado.
- Tipo de procedimiento: Autorizaciones, Licencias y Concesiones.
- Materia del procedimiento: DERECHOS, LIBERTADES Y RELACIONES CIVILES.
- Resolución del procedimiento:
- Órganos competentes para resolver este procedimiento:
- La prórroga de estancia podrá ser concedida por los Subdelegados del Gobierno, por los Delegados del Gobierno en las Comunidades Autónomas uniprovinciales, y por el Comisario General de Extranjería y Fronteras de la Dirección General de la Policía, previo informe de la Jefatura Superior o Comisaría de Policía.
- La resolución del procedimiento sí pone fin a la vía administrativa.
- Efecto de la falta de resolución en este plazo: Desestimatorio (inicio a solicitud del interesado).
- Normativa que regulan el silencio administrativo:
- LEY ORGÁNICA 4/2000 de 11 de enero, sobre los derechos y libertades de los extranjeros y su integración social.
- Órganos competentes para resolver este procedimiento:
- Recursos que se pueden interponer:
- Reposición
- Órgano que resuelve el recurso: Órgano que dictó el acto.
- Plazo de interposición del recurso: 1 mes.
- Contencioso - Administrativo
- Órgano que resuelve el recurso:
- Juzgado Contencioso - Administrativo.
- Juzgados Centrales de lo Contencioso Administrativo; Salas de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia.
- Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional; Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo.
- Plazo de interposición del recurso: 2 meses.
- Órgano que resuelve el recurso:
- Reposición
Normativa:
- LEY ORGÁNICA 4/2000 de 11 de enero, sobre los derechos y libertades de los extranjeros y su integración social. Abre nueva ventana. Enlace externo.
- REAL DECRETO 557/2011, de 20 de abril, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley Orgánica 4/2000, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social, tras su reforma por Ley Orgánica 2/2009. Abre nueva ventana. Enlace externo.
- Código del procedimiento: 994236
Modelos de formularios
- Solicitud de autorización de estancia y prórrogas (LO 4/2000 y RD 557/2011) (Formulario EX00) Abre nueva ventana
- Tasa, importe y lugar de pago
- Impreso Tasa Modelo 790 Código 012 Abre nueva ventana. Enlace externo.
- Ver importe de tasas
- Bancos, Cajas de Ahorro y Cooperativas de Crédito, en las que no es preciso tener cuenta abierta, mediante la presentación del documento de ingreso
Todos los trámites
Todos los trámites y procedimientos de extranjería
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Trámites de extranjería
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Prórroga de estancia de corta duraciónFormulario EX00
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Tarjeta de estudiantes para extranjeros inicial o renovación(Formulario EX17)
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Asignación de NIE a instancia de interesado.(Formulario EX15)
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Cédula de inscripción(Formulario EX16)
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Certificado de residente(Formulario EX15)
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Certificado de no residente(Formulario EX15)
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Estatuto de Apátrida(Formulario)
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Autorización expedición carta de invitación(Formulario)
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Certificado de registro de ciudadano de la UE(Formulario EX18)
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Tarjeta inicial o renovación residencia o residencia y trabajo(Formulario EX17)
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Tarjeta de residencia de familiar de ciudadano de la Unión Europea(Formulario EX19)
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Autorización y renovación residencia temporal por circunstancias excepcionales(Formulario EX10)
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Autorización de Regreso(Formulario EX13)
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Tarjeta de residencia de larga duración(Formulario EX11)
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Más información
- Devolución de Extranjeros
- Prohibición de salida
- Prohibición de entrada
- Documento de identidad de refugiado, protección subsidiaria y apátrida
- Documento de viaje para refugiado, protección subsidiaria y apátrida
- Documento Carta de Invitación
- Autorización de inscripción de indocumentados
- Autorización excepcional de entrada
- Autorización excepcional de estancia de corta duración
- Tramitación visado tránsito / estancia en la frontera
- Denegación de entrada en España
- Expulsión de extranjeros
- Sancionador en materia de extranjeros
- Tasas de Extranjería
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