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Trámites y Procedimientos

Permiso de viaje para menores.

  • Presencial Ir

    Comisaría de Policía del lugar de residencia de la persona interesada

    • Personalmente en la comisaría elegida
    • Consultar la Guía de trámite del Permiso de viaje de menores.
    • El permiso de viaje es exclusivamente para menores españoles residentes en España que viajen fuera del territorio nacional no acompañados de cualquiera de sus progenitores o tutores.
    • Únicamente es obligatoria la comparecencia de uno de los progenitores o representantes legales en dependencias policiales, pero sí es necesario el consentimiento de los dos.
  • NO ES NECESARIA LA AUTORIZACIÓN
    • Si el menor viaja en compañía de cualquiera de sus representantes legales (progenitores o tutor/es).
    • No procede para los menores que entren en España o para los menores españoles que residan habitualmente fuera del territorio nacional.
    • Los menores extranjeros que residan en España se regirán por lo dispuesto en su legislación nacional Tampoco es necesaria para los menores extranjeros que se hallen de visita o en tránsito en España.
    • NO ES OBJETO DE LA AUTORIZACIÓN PRESENTARLA A LAS COMPAÑÍAS DE TRANSPORTE, sino que es para presentarla en los pasos fronterizos (Reglamento UE 2016/399, anexo VII, apartado 6.3).
  • D.N.I. / Pasaporte de la persona que va a comparecer en dependencias policiales
  • Documento en vigor (D.N.I. / Pasaporte) con el que acreditar la identidad del menor
  • La documentación adicional que necesite aportar a la Autorización con el objeto de acreditar la patria potestad, tal como un poder notarial, Libro de familia, documento acreditativo de representación, documento acreditativo de familia monoparental, etc...
  • Tenga en cuenta que el funcionario que expide la Autorización podrá valorar la presentación de cualquier medio válido en derecho con el objeto de acreditar la declaración y el contenido de los documentos que la acompañen.
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